Informe Calificación Urbanística

Informes de Calificación Urbanística

Consultoría para la redacción de Informes de Calificación Urbanística en suelo rústico

AMBIALIA gestiona todo el proceso para la obtención de la Calificación Urbanística para llevar a cabo obras, instalaciones o actividades en el Suelo No Urbanizable.

¿Cuándo se necesita un Informe de Calificación Urbanística
Cuando el suelo en el que se pretende llevar a cabo las actuaciones este calificado como Suelo No Sectorizado (o Suelo No Urbanizable Común) o Suelo No Urbanizable Protegido.
Cuando trate de una actuación de las contempladas en los artículos 29 o 26 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Le ayudamos a construir en suelo rústico.

Asesoramiento técnico en todo el proceso para la solicitud del informe de calificación urbanística:
  • Elaboración de la solicitud
  • Plano de situación de la finca y Plano de Clasificación del Suelo de planeamiento en el Municipio
  • Memoria justificativa de la necesidad de implantar la actividad en la finca.
  • Descripción de la finca: uso al que se destina actualmente, edificaciones existentes, indicando sus superficies, características y situando cada una de ellas en un plano de la parcela a escala 1/1000 ó 1/5000.
  • Memoria Técnica de la edificación
  • Planos de Emplazamiento
  • Evaluación económica
También será necesario aportar:
  • Informe del Técnico municipal
  • Referencia Catastral
  • Registro de la propiedad
  • Datos del interesado

¿Qué proyectos requieren Informe de Calificación Urbanística?

Según la Ley del Suelo, las actuaciones en suelo urbanizable no sectorizado que requiren calificación urbanística son:
  • Las de carácter ganadero, agrícola, o forestal. Estos usos, que serán conformes en todo caso con la legislación específica, comprenderán las actividades, construcciones e instalaciones necesarias para las explotaciones ese carácter, y guardarán proporción con las características y extensión de las mismas, quedando siempre vinculadas a ellas y a las superficies.
  • Se podrá legitimar así mismo el uso accesorio de vivienda cuando ésta sea imprescindible para el funcionamiento de la explotación.
  • Las de carácter extractivo. Comprenderán las construcciones indispensables para la obtención y primera transformación de los recursos minerales o hidrológicos.
  • Las infraestructuras. Comprenderá las construcciones, actividades, e instalaciones, de carácter permanente o temporal, imprescindibles para la ejecución y el mantenimiento de obras y la prestación de servicios relacionados con el transporte por cualquier medio de personas y mercancías, así como la potabilización, transporte, abastecimiento, depuración y tratamiento de aguas; la generación, el transporte y la distribución de energía; las telecomunicaciones; y la recogida, la selección, el tratamiento y la valorización de residuos.
  • Las residenciales. Para que se autorice el uso de vivienda familiar será necesario que esté aislada en el interior de la unidad, y que por su localización no pueda presumirse como finalidad la urbanizadora. Además la finca contará con la superficie mínima que se establece en la legislación forestal y agraria.
  • Las instalaciones para el ejercicio de actividades científicas, docentes y divulgativas relacionadas con el Medio Ambiente, incluyendo el alojamiento, si fuera preciso.
  • Las actividades para el desarrollo rural sostenible.
  • Los edificaciones de turismo rural.

¿Plazos para obtener la Calificación Urbanística?

Es un trámite largo que se demora una media de 1 año. Puede durar algo menos pero también en muchos casos se retrasa más de 1 año. 
Nuestro plazo para la tramitación y preparación de la documentación es menor de 15 días. Una vez tramitado, el expediente pasa por varias administraciones públicas. Primero se entrega al arquitecto municipal, quien en el plazo de 2 meses suele preparar un informe. Desde el ayuntamiento se remite el expediente a la Consejería de Urbanismo de la Comunidad Autónoma. Desde aquí se realizan varias consultas dependiendo del proyecto (Evaluación Ambiental, Agricultura, Montes, Medio Natural, Confederaciones Hidrográficas, etc). Cada uno de estos organismos puede pedir aclaraciones, siendo los plazos entre cada una de estas comunicaciones mínimo 3 meses. Si todo es favorable, el Técnico correspondiente de la Consejería de Urbanismo preparará un informe final en un plazo de entre 3 y 6 meses. 
Por tanto, el plazo varía en función de las características del proyecto, Comunidad Autónoma, carga de trabajo de los funcionarios, etc. 
calificación urbanística

Garantía en los plazos de entrega

Garantizamos por escrito el plazo máximo de entrega. El tiempo medio es de 15 días.

Garantía de Éxito

Gracias a nuestra experiencia elaboramos estudios de alta calidad según los criterios de las Consejerías de Urbanismo.

Seguimiento de los expedientes

Mantenemos informado al cliente sobre la evolución de sus expedientes. Hacemos el seguimiento de los mismos con las Administraciones.

El mejor precio

Contamos con tarifas muy económicas gracias a que nuestra experiencia nos permite trabajar muy eficientemente.
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