Registro Sanitario de Alimentos
Tramitación del Registro Sanitario desde 90 € + IVA.
En Ambialia Tramitamos el Registro Sanitario de Alimentos para la empresas de alimentación. Nos encargamos de todo y le ahorraremos tiempo y retrasos en la obtención del número.
El Real Decreto 191/2011 regula el Registro General Sanitario de Alimentos, cuya finalidad es la protección de la salud a través de la información actualizada de los datos facilitados al Registro, de manera que éste garantice una adecuada programación de los controles oficiales y, a su vez, constituya un elemento esencial para los servicios de inspección, asegurando la posibilidad de actuar con rapidez y eficacia en aquellos casos en que exista un peligro para la salud pública.
Dicho Registro tiene un carácter nacional, por lo que la Agencia Española de Seguridad Alimentaria del Ministerio de Sanidad y Consumo, otorga el número de Registro Sanitario de Alimentos. Si bien todas las tramitaciones y gestiones se llevan a cabo en la Comunidad Autónoma donde se ubica la industria o establecimiento solicitante. Desde Ambialia ayudamos a las empresas en la tramitación del registro sanitario en todas las CCAA.
Servicio para la tramitación del Registro Sanitario
Ambialia presta un servicio de tramitación del registro sanitario:
- Asesoramiento inicial gratuito sobre si es obligatorio o no para la actividad planteada.
- Elaboración de la memoria técnica (trazabilidad, descripción de la actividad, planos, control de proveedores, etc).
- Implantación del plan de autocontrol APPCC
(obligatorio para empresas con instalaciones).
- Pago las Tasas Administrativas (varía en función de actividad y comunidad autónoma).
- Tramitación telemática de toda la documentación con nuestro certificado digital.
- Seguimiento del expediente e información sobre los plazos.
¿Qué empresas están obligadas a tramitar el Registro Sanitario?
Deberán inscribirse en el Registro General las empresas que produzca, almacenen, manipulen, transporten y/o simplemente comercialicen alimentos con destino a terceros (distintos del consumidor final).
Por ejemplo, deberán tener registro sanitario las industrias alimentarias, las empresas de transporte de alimentos, los broker, los envasadores, distribuidores mayoristas, importadores (fuera UE), los almacenes mayoristas de alimentación, etc.
Además, también deberán inscribirse las siguientes actividades: empresas de catering (con o sin instalaciones), empresas de máquinas expendedoras, importadoras/exportadoras de alimentos, fabricantes e importadores de materiales en contacto con alimentos, etc.
Estarán exentos de Registro General Sanitario (no del autonómico), los siguientes: restaurantes, bares, obradores para venta al público, comercios minoristas, supermercados, panaderías locales, comedores de colectividades, residencias de ancianos, escuelas infantiles, etc, ya que sus ventas son minoristas (al consumidor final).
Preguntas frecuentes sobre Registro Sanitario
Rápida Tramitación
En menos de 5 días le enviamos al cliente el resguardo de tramitación.
Garantía de Éxito
Contamos con la experiencia de haber tramitado más de 1.000 expedientes. Pregunte a Sanidad por nosotros, le darán buenas referencias
Lo hacemos muy fácil
Tramitamos todo telemáticamente, ahorrando al cliente desplazamientos.
El mejor precio
Tramitamos el registro sanitario desde 90 €.